INTERESES DE CESANTÍAS
Los intereses se deben pagar a mas tardar el 31 de Enero y se pagan al empleado, esto es que a diferencia de las cesantías se debe consignar a un fondo.
Cuando se liquida un contrato de trabajo o cuando se hace una liquidación parcial de cesantías, los Intereses de Cesantías se deben pagar a mas tardar el mes siguiente a la fecha.
En cualquier caso los Intereses de Cesantías se liquidan sobre el saldo acumulado a la fecha de liquidación.
Estos son sobre el 12% anual o proporcional por fracción del año.
Los Intereses de Cesantías se deben provisionar mensualemnte cada vez que se liquida la respectiva nómina (Se puede hacer quincenal o semanalmente, segun sea el periodo de pago) y para ello se debe aplicar el 12%.
CESANTÍAS
Prestación social que contempla la Legislación Laboral, busca proteger de alguna manera al trabajador que quede desempleado o que ya halla terminado su contrato de trabajo.
Esto busca que el trabajador no quede desprotegido ante el desempleo, es un tipo de ahorro que con el tiempo pasara a disfrutarlo el empleado.
Hasbleidy Smirth Silva Leal
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