Conceptos de devengados, deducciones, netos pagados, apropiaciones y
provisiones para prestaciones sociales.
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Devengados:
En economía y contabilidad, el devengo es el principio por el cual todo
ingreso o gasto nace en la etapa de compromiso, considerándose en este momento
ya como incremento o disminución patrimonial a efectos contables y económicos. Es un derecho ganado que
todavía no ha sido cobrado.
El principio del devengo establece el
criterio de imputación temporal de ingresos y gastos en función de la corriente
real de bienes y servicios, en vez de hacerlo atendiendo a las corrientes
monetarias que se produzcan. La aplicación del principio del devengo a la
contabilidad proporciona una información más fiable y relevante que el
principio de caja. Este criterio es uno de los Principios de Contabilidad
Generalmente Aceptados a
nivel internacional. Reconocer las operaciones bajo este criterio implica que
la operación se debe registrar en el momento en que ocurre el hecho económico
que la genera, con independencia de si fue contratado, facturado, pagado o
cobrado, o de su formalización mediante un contrato, factura o cualquier otro documento.
Deducciones: Es un beneficio
fiscal que aminora la cuota de un tributo y que establece la legislación con la
finalidad de cumplir determinados objetivos de política económica y social e
incentivar las inversiones.
Las deducciones juegan un rol muy importante tanto en la contabilidad y
en el ámbito fiscal de la empresa, esto dado a que las autoridades fiscales
permiten disminuir de los ingresos obtenidos por la empresa, aquellas
erogaciones (gastos e inversiones) que haya efectuado con el propósito de
realizar su fin como negocio y así pagar el tributo solo por la diferencia.
· Netos
pagados: Es lo que efectivamente recibe el trabajador. El
resultado de restar las deducciones al total devengado.
Una vez calculado el sueldo devengado y las
deducciones, el empleador puede pagar la nómina a sus trabajadores.
Neto Pagado= Total devengado - Total deducido
Apropiaciones y provisiones para
prestaciones sociales: Generalmente
se denominan apropiaciones o provisiones de nómina a aquellos valores estimados de las
prestaciones sociales de los empleados por el periodo que se liquida la nómina
que puede ser semanal, quincenal o mensual. Las
apropiaciones de nómina, a diferencia de las deducciones de nómina, en su
totalidad están a cargo de la empresa. Es la empresa la que debe apropiar y
pagar los diferentes valores por este concepto.
Lina Mayerly González Cubides
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